Página de información de Mackadet CBC y productos similares de QuimiNet. QuimiNet es un Portal Industrial Líder en el mundo, donde encontrará mucha Información y Herramientas de Negocio. A continuación un índice de la información contenida en esta página:
| Otros Productos |
Proveedores de Mackadet CBC |
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Si usted desea saber quién vende, comercializa, distribuye u ofrece Mackadet CBC o productos similares, a continuación le mostramos una lista de vendedores o comercializadores que son fabricantes (productores), exportadores, distribuidores y en general suplidores / proveedores de Mackadet CBC. Para poder elegir mejor, en el listado puede ver de acuerdo a su ubicación donde comprar Mackadet CBC, solicitar información, precios o una cotización a las empresas que venden, exportan, manejan, manufacturan, ofrecen o comercializan este producto:
| Empresa | Producto | Información de contacto |
|---|---|---|
| Chemico Especialidades Quimicas cobertura: Nacional | Mackadet CBC, Mackadet BSC | Somos proveedores de Mackadet CBC en Rio San Juan de Dios # 1200 Col. Atlas Guadalajara, Jal. C.P. 44870 . México Datos y productos de Chemico Especialidades Quimicas |
| Lipoquimia cobertura: México | Mackadet CBC, Mackadet CBC - Cetyl Alcohol, Stearyl Alcohol, Stearalkonium Chloride | Ofrecemos Mackadet CBC en Tenayuca No. 72-A Col. Centro Industrial Tlalnepantla Distrito Federal, D.F. C.P. 54030 . México Datos y productos de Lipoquimia |
| Directorio de empresas | Catálogo de proveedores |
Solicitudes de compradores de: Mackadet CBC |
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| ID | Producto de Interés | Consumo | Ubicación | Puesto | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| 403971 | Compra de CBC 801 L | 1 Piezas Única vez |
Comprador de CBC 801 L en JALISCO, México | VENTAS TELEMARKETING |
INDUSTRIAL
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Empresas que incluyen en su nombre el término Mackadet CBC |
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Noticias que incluyen en su texto el término Mackadet CBC |
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ARTÍCULO SEGUNDO.- Se modifica el arancel mixto (AMX) únicamente para las siguientes fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, que estará integrado por la suma de los resultados de aplicar el arancel ad-valorem al valor en aduana de la mercancía y el arancel específico, para quedar como sigue:
| CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | Unidad | AD-VALOREM | |
| IMP. | EXP. | |||
| 2918.14.01 | Ácido cítrico. | Kg | (7% + AE) | Ex. |
| 2918.15.01 | Citrato de sodio. | Kg | (7% + AE) | Ex. |
| 2918.15.02 | Citrato férrico amónico. | Kg | (7% + AE) | Ex. |
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se reforma el párrafo segundo del artículo segundo transitorio del Decreto por el que se modifican diversos aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, del Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y se reforman y adicionan los diversos que establecen la tasa aplicable para el 2005 del impuesto general de importación para las mercancías originarias de algunos países con los que México ha celebrado tratados y acuerdos comerciales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de septiembre de 2005 para quedar en los siguientes términos:
“SEGUNDO.-
El arancel establecido en el artículo primero de este Decreto para las fracciones arancelarias 4412.13.99, 4412.14.99, 4412.19.01, 4412.23.99 y 4412.93.99, estará vigente hasta el 15 de agosto de 2006. A partir del 16 de agosto de 2006, el arancel ad-valorem aplicable para las fracciones arancelarias, a que se refiere este párrafo, será de 23.5, y estará vigente hasta el 15 de agosto de 2007. A partir del 16 de agosto de 2007, el arancel ad-valorem aplicable para las fracciones arancelarias, a que se refiere este párrafo, será de 19.2, y estará vigente hasta el 15 de agosto de 2008. A partir del 16 de agosto de 2008, el arancel ad-valorem aplicable para las fracciones arancelarias, a que se refiere este párrafo, será de 10.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintiocho días del mes de septiembre de dos mil seis.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Sergio Alejandro García de Alba Zepeda.- Rúbrica.
(Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Viernes 29 de septiembre de 2006
Viernes 29 de septiembre de 2006 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)
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